lunes, 14 de marzo de 2011

EXPOSICIÓN EQUIPO Nº 9 - MICROECONOMIA - MACROECONOMIA - LEY DE EMOLUMENTOS 2011 - MINUTAS DE EXPOSICIÓN EQUIPO Nº8

MINUTAS DE EXPOSICIÓN EQUIPO Nº 8



MINUTA EQUIPO Nº8

EXPOSICION Nº 8

UNIDAD No 1

“GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Vs. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN PRIVADA”
LUGAR DE LA REUNION
FECHA / DURACION
MINUTA No

Universidad de Oriente (Núcleo Monagas)

19-02-2011 / 35 minutos.
               INICIO: 17:30 hrs.
         TERMINO: 18:05 hrs.

08

ASUNTO
ASISTENTES

Exposición sobre la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Vs. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN PRIVADA, Definiciones, Fines y objetivos, principios que orientan las diferencias entre ambas. Diferencias entre la gerencia de administración pública y privada. Muestra de Mapas conceptuales y conclusiones


Abg. (M.Sc)Lisandro Zapata.

Grupo Expositor integrado por los siguientes participantes:
·         Molinos, Carlos.
·         Lugo, Luís.

Estudiantes de la Cohorte XVI en Gerencia General Sección A, de la UDO- Monagas.

PUNTOS TRATADOS
COMENTARIOS, ACUERDOS
Y COMPROMISOS
RESPONSABLE
1
Introducción
El equipo inicio su presentación con una breve introducción donde señalaron los factores que intervienen en el desarrollo de la Gerencia de la Administración pública y la Gerencia de la Administración privada, tomando como puntos de referencia la eficacia, eficiencia, rentabilidad, calidad, productividad, bioética, fines, objetivos y principios.  
Así mismo señalaron las diferencias entre la Gerencia de  la Administración pública que se desarrolla dentro de un Estado que busca  fines y objetivos de  bienestar social a diferencia de la Gerencia de la Administración Privada que se  enfoca en fines particulares.

Equipo expositor.

2


Definición de Términos
ADMINISTRACION.
GERENCIA
BIOÉTICA
La bioética  (teoría conductista) trata los aspectos socioculturales, son valores creados.
La Bioética del Funcionario Privado es Inestable (es más eficiente  al momento del despido), aplica lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo. La Bioética del Funcionario Público se considera estable (para el despido se gestionan trámites administrativos, largos periodos de tiempo), aplica lo establecido en la Ley del Estatuto del Funcionario Público.
Equipo expositor. Docente de la cátedra


3



Fines y objetivos de la Gerencia de Administración Pública y Privada
Se identifico las diferencia y los fines que buscan ambos estilos de Gerencia:
La gerencia de administración pública se enfoca en el bienestar social
La gerencia de administración privada  se centra en  maximizar ganancias y responde a los intereses de un grupo determinado.
Equipo expositor.

4

Principios que orientan las diferencias entre la Gerencia   de Administración Pública y privada.
Se señalaron los principios según Sir Josiah C. Stamp, los cuatro principios que orientan las diferencias entre la administración pública y privada:
1.     Principio de Uniformidad.
2.     Principio de Control Financiero
3.     Principio de la Responsabilidad Ministerial
4.     Principio de Retorno Marginal
Equipo expositor.

5
Diferencias entre las Gerencias de Administración Pública y Privada
La administración pública y privada son diferentes en su estructura, como en materia de personal.
 La administración pública tiene objetivos de servicio a la comunidad, mientras que la privada tiene objetivos de lucro.
 La administración pública actúa tutelarmente sobre la privada porque es un sistema que incluye a toda la comunidad, la privada es un sistema que requiere de la administración pública para su subsistencia.

Equipo expositor.

6

Presentación del Mapa conceptual
MAPA CONCEPTUAL GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN PRIVADA
MAPA CONCEPTUAL GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA
Equipo expositor.
8
Participación y observaciones de los asistentes
Entre la Administración Pública y Privada la rama fiscalizadora la maneja y controla el Estado.
La misma fue dada por el Ing. Leonardo López.

ELABORADO  POR:  Grupo Expositor No 9  , conformado por:

Julián Benavides C.I. 17.388.567
Marycruz Laczky C.I. 16.373.210



RESUMENES DE EXPOSICIÓN - MAPAS CONCEPTUALES 

UNIVERSIDAD DE ORIENTE
VICERRECTORADO ACADEMICO
CONSEJO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
NÚCLEO MONAGAS
COORDINACIÓN DE POSTGRADO EN CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CATEDRA: LEGISLACIÓN EMPRESARIAL

Resumen Macroeconomía – Microeconomía.

La Microeconomía estudia el comportamiento económico de las unidas básicas de la economía. Uno de los supuestos esenciales de la Microeconomía es que tal comportamiento se caracteriza por la racionalidad individual; las unidades básicas de la economía se mueven por el deseo de maximizar su placer o su Beneficio, considerando sus Recursos disponibles. Para lograr dicho objetivo, los individuos buscan realizar intercambios tanto para el Consumo como para la producción.
Desde la década del cincuenta-se ha establecido una distinción entre microeconomía y Macroeconomía; la Microeconomía parte de los comportamientos individuales, mientras que la Macroeconomía estudia agregados como el Ingreso Nacional, el Producto interno, la masa monetaria. Por cierto, tal distinción es arbitraria y en muchos casos es necesario de establecer un “puente” entre Microeconomía y Macroeconomía. En las últimas décadas, la teoría económica dominante denominada “neoclásica”  ha priorizado el enfoque microeconómico, en lo que se ha llamado “fundamentos microeconómicos de la Macroeconomía”.
La Microeconomía primero desarrolla modelos que expliquen la conducta a nivel individual del Consumidor y del productor y; desde aquí parte a una Modelo más agregado que es la teoría de la Demanda y de la Oferta y con ello el principio de la teoría de mercados.

Temas de la Microeconomía


Macroeconomía
La macroeconomía moderna no surge sino hasta la década de 1930, época de la Gran Depresión, en la que hubo un fuerte estancamiento de las actividades productivas y un muy elevado nivel de desempleo. Hubo también en ese periodo un importante debate sobre si la economía de mercado podría funcionar en forma apropiada. En esa misma época apareció John Maynard Keynes con su General Theory, lo que da partida al análisis a nivel macroeconómico. La microeconomía estudia el comportamiento de las unidades individuales, como las familias y las empresas, es decir, buscar conocer la forma en que consumidores y productores toman sus decisiones individuales, no así la macroeconomía, que pretende estudiar el comportamiento de los agregados, es decir estudia el conjunto y no las unidades que lo componen.

La macroeconomía moderna se encarga de estudiar una serie de problemas de gran relevancia para las economías de los países. Entre los temas más importantes están: la inflación, los ciclos económicos, el desempleo, entre otros. El Producto Interno Bruto como medida macroeconómica se define como  la suma de todos los bienes y servicios finales que produce un país o una economía, tanto si han sido elaborado por empresas nacionales o extranjeras dentro del territorio nacional, por lo que se considera como la principal magnitud existente que mide el valor monetario de la producción de bienes y servicios finales de un país durante un período de tiempo (normalmente un año). La inflación es el aumento generalizado del nivel de precios en una economía, o sea que la mayoría de los precios de los bienes y servicios disponibles en la economía empiezan a crecer en forma simultánea. La explicación generalmente aceptada es que la inflación es causada por el exceso de dinero en circulación. Dentro de toda sociedad se encuentra la población económicamente activa o fuerza de trabajo es el conjunto de personas que en el momento de la entrevista se encontraban ocupados, fuerza de trabajo que se puede dividir en individuos ocupados y desocupados. El desempleo ocasiona a la sociedad tanto un costo económico como social. En las economías se presentan distintos problemas y desequilibrios de carácter económico. La forma en que el gobierno busca solucionar estos problemas es a través de la política económica, la cual consiste en que el Gobierno emplea sus poderes legítimos manipulando diversos instrumentos, con el fin de alcanzar objetivos socio-económicos previamente establecidos. La política económica tiene distintos objetivos, dentro de los cuales se puede decir que los principales son: 1. Crecimiento y desarrollo económico, 2. Pleno empleo, 3. Estabilidad de precios, 4. Distribución de la renta y la riqueza, 5. Equilibrio de la balanza de pagos.




                                                                       Integrantes:
Benavides, Julián          C.I: 17.388.567
Laczky, Marycruz E.     C.I: 16.373.210



UNIVERSIDAD DE ORIENTE
VICERRECTORADO ACADEMICO
CONSEJO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
NÚCLEO MONAGAS
COORDINACIÓN DE POSTGRADO EN CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

CATEDRA: LEGISLACIÓN EMPRESARIAL


Resumen:
Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarías del Poder Público





Facilitador.                                                   Integrantes:
  Abg. (M.Sc.) Lisandro Zapata                     Benavides, Julián          C.I: 17.388.567
Laczky, Marycruz E.     C.I: 16.373.210


MARZO, 2011

1.                Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Publico.

                             

1.1     Definición de Emolumento.

El Art. 4 de la Ley expresa que se definirá a emolumento como la remuneración, asignación, cualquiera sea su denominación o método de cálculo, tenga ó no carácter salarial, siempre que pueda evaluarse en efectivo y que corresponda a los altos funcionarios, altas funcionarías, personal de alto nivel y de dirección del Poder Público y de elección popular, con ocasión a la prestación de su servicio; de esta forma los emolumentos comprenden: Salarios, sueldos y sobresueldos; Dietas; Primas; Gratificaciones; Bonos; Bono vacacional; Bonificación de fin de año Otras asignaciones monetarias o en especies de cualquier naturaleza.

1.2     Finalidad y Ámbito de Aplicación de la Ley.


La Ley de E.P.J tiene la finalidad de promover la ética socialista y los principios de igualdad entre las personas que prestan servicio al Estado. Esta Ley se aplica directamente sobre todo aquel funcionario y funcionaria del Poder Público ya sea este de índole Nacional, Estadal o Municipal (Art.3); entre los órganos que se deben apegar se encuentran: Las universidades públicas. Los órganos desconcentrados. Los servicios  desconcentrados. Los servicios autónomos. Los institutos autónomos. Los institutos públicos. Las empresas del Estado. Cualquier otra persona jurídica de carácter público o privado en la que el Estado tenga participación o que se encuentre funcionalmente descentralizada o desconcentrada.

1.3      Características de la Ley.

La Ley está constituida por cinco (05) Capítulos, una sección de Disposiciones Transitorias, Disposiciones Derogatorias y disposiciones Finales. El Capítulo I, de la Ley trata sobre el objeto, finalidad y ámbito de aplicación de la misma. El Capítulo II, fija los lineamientos conforme a los límites máximos de los emolumentos para los funcionarios públicos; así como los regímenes de vacaciones y bonificaciones de fin de año. El Capítulo III, indica el régimen acerca de las jubilaciones y pensiones de los altos empleados públicos; así m ismo indica las condiciones de las bonificaciones de fin de año de estos funcionarios. El Capítulo IV, indica acerca de la supervisión y cumplimiento de las regulaciones y límites de los emolumentos. Este capítulo indica que la información acerca de los emolumentos es de carácter público por lo que esta información deberá ser contenida en la memoria y cuenta de cada órgano. Así mismo, indica que las nóminas de los funcionarios deberán ser consignadas anualmente a la Contraloría General de la Republica para su revisión, en su Art. 29 expresa claramente que los gastos superfluos o suntuarios han sido prohibidos; esta medida corresponde es concordante con el dictamen hecho en por el Presidente de la Republica en el año 2009 de prohibir los gastos suntuarios en todas las ramas de la administración pública. El Capítulo V, contiene las sanciones para aquellos funcionarios que violen la Ley y establece incluso en su Art. 32 que cualquier funcionario que apruebe, ordene, pague o brinde emolumentos fuera de lo indicado podrá ser inhabilitado para ejercer cualquier cargo público, así mismo esta sanción correspondería también a aquella persona que aceptase cualquier pago o trato que este en contra de los indicado la Ley. Las disposiciones corresponden a la actualización de la Ley al derogar la Ley de 2002 y la fecha y condiciones en que será aplicado el cambio en los montos de las emulaciones de los funcionarios.




1.4     Principales Artículos de la Ley.


·         Articulo 7 indica la obligatoriedad del cumplimiento con los límites máximos fijados para los emolumentos, pensiones y jubilaciones, de este artículo se desprende que el que no acate la medida se le establecerán sanciones tanto monetarias, como penales, administrativas e incluso políticas tal como se establece en el artículo 32.
·         Artículos 8, 9, 10, 11, 12, 13 establecen los montos de los emolumentos de los Altos Funcionarios y Funcionarias del Poder Público y de elección Popular. En la siguiente tabla se muestran los emolumentos por escalafón de los altos funcionarios públicos:

Tipos de Cargos
Emolumentos
Ley 2011 (Salarios mínimos)
(Art. 8)
1. Presidente o Presidenta de la República.2. Diputados o diputadas a la Asamblea Nacional.3. Magistrados o magistradas del Tribunal Supremo tic Justicia.4. Fiscal o la Fiscal General de la República. 5. Contralor u Contralora General de la República. 6. Defensor o Defensora del Pueblo. 7. Defensor Público General o Defensora Pública General. 8. Rectores o rectoras del Consejo Nacional Electoral. 9. Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva. 10. Ministros o ministras. 11. Procurador o Procuradora General de la República. 12. Jefe o Jefa de Gobierno del Distrito Capital. 13. Presidente o Presidenta, directores y directoras del BCV
12
(Art. 9)
1. Viceministros y viceministras.2. Superintendentes, Superintendentas.3. Jefes de Oficinas Nacionales. 4. Secretario General de Gobierno del Distrito Capital. 5 Secretario, subsecretario de la Asamblea Nacional. 6. Director Ejecutivo de la Magistratura. 7. Vicefiscal General de la republica. 8. Subcontralor General de la Republica. 9. Director Ejecutivo de la Defensoría del Pueblo. 10. Secretario Ejecutivo del Consejo Moral Republicano. 11. Viceprocurador General de la Republica. 12. Director General de la Defensoría Publica
10
(Art. 10) Gobernadores de Estado.
9
(Art. 11) Funcionarios de alto nivel del Poder P/estadal, legislador, contralor y procurador.
8
(Art. 12) Alcaldes Municipales, metropolitanos y distritales.
7
(Art. 13)Funcionarios de alto nivel del Poder P/municipal, concejales, contralores y síndico.
5

·         Artículo 17. Vigencia de incremento nominal de emolumentos, .indica que las escalas de sueldos y salarios y el sistema de beneficios sociales tendrán vigencia en el ejercicio fiscal del año siguiente en que se haya fijado el salario mínimo de referencia y sólo podrán ajustarse si este gasto se prevé en la formulación de las leyes y ordenanzas de presupuesto anual. Lo que a partir de la fecha de promulgación de la Ley les da a los Altos Funcionarios públicos un año de disfrute de sus sueldos anteriores; así como la oportunidad de un año para la modificación de la Ley.

·         Artículo 19. Prohibición de ingresos adicionales. Este artículo establece que ningún alto funcionario o funcionaría, personal de alto nivel y de dirección del Poder Público y de elección popular podrán percibir remuneraciones o asignaciones, cualquiera sea su denominación o método de cálculo, tengan o no carácter salarial o remunerativo, distintos a los establecidos expresamente en esta Ley. Con este artículo, se eliminan los regalías 
·         Artículo 20. Beneficios sociales, este articulo indica que el sistema de beneficios sociales aprobados para altos funcionarios, altas funcionarías, personal de alto nivel y de dirección del Poder Público y de elección popular de conformidad con la Presente Ley, no podrá establecer beneficios sociales superiores en sus  condiciones y alcance a los percibidos por los funcionarios públicos y funcionarías públicas de carrera o trabajadores y trabajadoras. Este artículo hace uso del principio social de igualdad ya que los funcionarios de carrera están amparados por los contratos colectivos logrados por las luchas de trabajadores y por tanto los Altos Funcionarios Públicos deben tener beneficios igualitarios.
·         Artículo 21. Prohibición de comisiones como emolumentos, ningún alto funcionario, alta funcionaría, personal de alto nivel y de dirección del Poder Público y de elección popular podrá devengar comisiones por el ejercicio de su función pública.
·         Artículo 24. Información de naturaleza pública. Este articulo indica que la información sobre los emolumentos, pensiones, jubilaciones y beneficios sociales correspondientes a los cargos de altos funcionarios, altas funcionarías, personal de alto nivel y de dirección del Poder Público y de elección popular es de naturaleza pública, salvo las excepciones que por razones de seguridad y defensa de la Nación expresamente establezcan los reglamentos de la presente Ley. En la memoria y cuenta de cada órgano y ente del Estado se deberá incorporar anualmente la información correspondiente a los montos de los emolumentos, jubilaciones, pensiones y beneficios sociales asignados a cada uno de los cargos de sus altos funcionarios, altas funcionarías, personal de alto nivel y de dirección.
·         Artículo 25. Información a la Contraloría General de la República, al Ejecutivo Nacional y a la Asamblea Nacional. La presente Ley establece que las nóminas de pago de los emolumentos, pensiones, jubilaciones y beneficios sociales, deberán ser consignadas anualmente por cada órgano y ente del Poder Público ante la Contraloría General de la República, la Asamblea Nacional y el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de planificación y finanzas, sin perjuicio de las competencias de control y seguimiento atribuidas al Consejo Moral Republicano.
·         Artículo 29. Prohibición del gasto suntuario o superfluo, se prohíbe el gasto suntuario o superfluo, el Poder Ejecutivo Nacional reglamentará lo referente a esta materiaArtículo 31. Responsabilidad administrativa – Las multas para los Altos Funcionarios y Funcionarias públicos e Independientemente de la responsabilidad civil, penal o disciplinaria a que hubiere lugar, serán sancionados o sancionadas por la Contraloría General de la República, con multa de cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) a quinientas Unidades Tributarias (500 U.T.)
·          Artículo 32. Inhabilitación, Quien apruebe, ordene, pague o brinde emolumentos, pensiones, jubilaciones o beneficios sociales en infracción a los límites máximos o distintos a los establecidos en esta Ley y sus Reglamentos, podrá ser inhabilitado para ejercer cualquier cargo público. Corresponde al Contralor General de la República de manera exclusiva y excluyente imponer la sanción prevista en esta Ley. Igual sanción le será aplicada a quien perciba o acepte emolumentos, pensiones, jubilaciones, o beneficios sociales en infracción a los límites máximos o distintos a los establecidos en esta Ley y sus Reglamentos, y no los reviertan o reintegren al Poder Público dentro de los tres meses siguientes de haber sido notificado o notificada.
·         DISPOSICIONES FINALES. Primera. Todos los altos funcionarios, altas funcionarías, personal de alto nivel y de dirección del Poder Público y de elección popular que devengan un salario superior a los establecidos en esta Ley, deberán justificarlos dentro de los parámetros que su clasificación señala; y para los que devengan un salario inferior a los parámetros establecidos en esta Ley, no implica incremento de ninguna naturaleza que modifique su remuneración actual.
.

Elaborado por:
Benavides, Julián          C.I: 17.388.567
Laczky, Marycruz E.     C.I: 16.373.210



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